A- de 2017
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Rosalba Franco Rivas·Demandado Alcaldia De Chigorodó
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del superior jerárquico
- Integrada por todos los jueces de la República
- Inexistencia por inobservancia de los principios que informan el trámite de la acción de tutela
- Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Chigorodó y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Apartadó.
Observa la Corte que a pesar de la existencia del mandato legal que obliga a los jueces constitucionales a tramitar las impugnaciones formuladas, el Juzgado Laboral mencionado se abstuvo de cumplir dicha obligación con fundamento en las normas de competencia establecidas en el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Es decir, que dicho despacho desconoció las disposiciones del artículo 32 del Decreto 2591 de 1991 y la jurisprudencia desarrollada por la Corporación, al no emitir un pronunciamiento de fondo.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Apartadó, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a esta autoridad para que en lo sucesivo observe con estricto rigor la jurisprudencia de la Corporación sobre conflictos de competencia en materia de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 30 de noviembre de 2016, proferido por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Apartadó, dentro de la acción de tutela formulada por Rosalba Franco Rivas contra la Alcaldía Municipal de Chigorodó.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2912, que contiene la acción de tutela presentada por la señora Rosalba Franco Rivas, al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Apartadó para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Apartadó para que, en lo sucesivo, observe con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto y en lo sucesivo se abstenga de incumplirlas.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Chigorodó, la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.